El mundo está cada vez más interconectado. La inmediatez reina, y el hecho de poder disponer de todos nuestros documentos en cualquier lugar y momento se ha convertido en una de las ventajas que muchas empresas ya ofrecemos. Cambiar de titular la luz es una de las gestiones más demandas por parte de nuestros  clientes, pero no la única. Cambiar la domiciliación bancaria es otra de las peticiones que más se repiten. Y es que, aunque es una acción sencilla, es necesaria una gestión rápida y eficaz por parte de la compañía para poder seguir disfrutando de nuestra tarifa de luz con plena confianza.

¿Qué es la domiciliación bancaria?

Cada vez que contratamos unos servicios, independientemente de cuáles sean, debemos realizar un adeudo por domiciliación; es decir, el procedimiento mediante el cual autorizamos a la entidad bancaria para que pague los recibos; en este caso, los de la luz. En términos generales, es una orden que le damos a nuestro banco para que, cada vez que nos llega un recibo, no tengamos que autorizarlo. Este tipo de acciones se suele realizar, sobre todo, para aquellos recibos que periódicamente debemos abonar, como por ejemplo, el de la electricidad o el gas.

A veces se da la circunstancia de que el propietario del inmueble permanece como titular en los contratos de los suministros y el inquilino del hogar es quien domicilia la cuenta para tramitar los recibos. Una práctica que desaconsejamos llevar a cabo, ya que si modificas la domiciliación, es importante que también lo hagas con la titularidad porque, a todos los efectos ante cualquier impago u otra incidencia, la compañía reclamará directamente al titular del contrato.